Certificación Energética

UN INFORME NECESARIO PARA VENDER O ALQUILAR

En abril de 2013 se estableció que a partir del 1 de junio todo edificio o piso en alquiler o venta debía contar con un certificado de eficiencia energética,

La certificación de eficiencia energética (CEE) es obligatoria para todos aquellos inmuebles que se vendan o alquilen, según establece el RD 235/2013. El procedimiento de actuación para la emisión del certificado incluye la revisión de la documentación disponible, la realización de una visita física y la inscripción en los registros de la Comunidad Autónoma correspondiente.

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El informe técnico emitido por AREA 21 no solo determina la clasificación del inmueble, mediante la asignación de una letra entre la A y la G en función de su eficiencia en el consumo de energía. También incluye propuestas de mejora sobre características variables del inmueble con vistas a reducir el consumo energético. Las medidas propuestas, en la envolvente e instalaciones, suponen en muchos casos ahorros importantes con inversiones razonables. Evita la obsolescencia energética del inmueble y favorece su puesta en valor.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

  • PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS
  • PROPIETARIOS DE SUELOS AFECTADOS POR UNA EXPROPIACIÓN DE PLENO DOMINIO, SERVIDUMBRE DE PASO O UNA OCUPACIÓN TEMPORAL. TAMBIÉN A INDIVIDUOS O EMPRESAS INVOLUCRADOS EN LA OCUPACIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES O COMERCIALES
  • ENTIDADES FINANCIERAS, FONDOS DE INVERSIÓN E INVERSORES PRIVADOS NACIONALES E INTERNACIONALES
  • GESTORAS DE INMUEBLES Y SOCIEDADES PATRIMONIALES
  • AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA (APIS)
  • ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
  • PARTICULARES

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